ECONOMÍA

EL BANCO CENTRAL EXTENDIÓ POR SEIS MESES LAS TRABAS CAMBIARIAS PARA LOS IMPORTADORES

Se trata de una prórroga de la Comunicación A 7030 que reguló el acceso a las divisas para importar. Asimismo, el BCRA prorrogó la vigencia del mecanismo de disponibilidad de divisas previsto para los exportadores que registren aumentos en sus ventas externas

El Banco Central decidió extender por seis meses la vigencia de las restricciones cambiarias que establecen límites en el acceso a las divisas para pagar importaciones. Ese complejo andamiaje normativo, establecido en la Comunicación A 7030 y en muchas otras posteriores que la actualizaron, seguirá rigiendo el movimiento importador, según decidió hoy el Directorio del BCRA en su habitual reunión de los jueves.

De este modo, continúa “la vigencia de las disposiciones cambiarias que vencen a fin de año en materia de pago de importaciones de bienes y refinanciación de títulos de deuda en moneda extranjera y otros pasivos financieros contemplada en la Comunicación A 7030 y sus actualizaciones”, anunció el Banco Central en un comunicado.

Asimismo, la autoridad monetaria prorrogó la vigencia del mecanismo de disponibilidad de divisas previsto para los exportadores que registren aumentos en sus exportaciones en 2022 respecto a 2021.

Por otra parte, también “amplió el monto límite y los usos admitidos de la cancelación de deudas comerciales con nuevo endeudamiento financiero con el exterior, a fin de facilitar al sector privado la renegociación de sus pasivos”.

La norma había sido dictada a fines de mayo de 2020 fijando, entre otros puntos, que las empresas con fondos declarados en el exterior debían disponer “primeramente de esos recursos para el pago de obligaciones comerciales con el exterior” antes de poder comprar divisas en la plaza local.
El espíritu de las restricciones fue frenar el goteo de reservas con un control más estricto de los dólares que utilizaban para las compras al exterior. El cepo impactó además en el precio de bienes importados, que pasaron a ajustar sus precios al dólar paralelo al dejar de tener acceso fluido a la divisa a precio oficial.

“La cosecha fina con las que se flexibilizaban la restricciones al acceso a las divisas para las importaciones se está haciendo esperar. Seguro que ahora hay que bancar hasta la gruesa. Pero durante la fina y gruesa anterior las pusieron. Ahhhh, y bueno. Habrá que aguantar”, escribió en Twitter Gabriel Caamaño, economista de la consultora Ledesma.

Asimismo, Nery Persichini, economista y head of strategy de GMA Capital, comentó respecto a la medida: “El cepo transitorio más permanente que jamás se haya visto”.

“El Directorio del Banco Central de la República Argentina decidió extender por seis meses la vigencia de las disposiciones cambiarias que vencen a fin de año en materia de pago de importaciones de bienes y refinanciación de títulos de deuda en moneda extranjera y otros pasivos financieros contemplada en la Comunicación A 7030 y sus actualizaciones”, afirmó hoy la autoridad monetaria en un comunicado.

En tanto, fuentes de la entidad que preside Miguel Pesce aseguraron que “no hay ninguna nueva restricción” y que, por el contrario, se realizaron “pequeñas modificaciones” al texto de la normal que son “para flexibilizar la disponibilidad de divisas para el sector privado”. ”Son ajustes que mejoran las normas para beneficio de las empresas”, aseguraron desde el BCRA.

Cabe recordar que entre los principales puntos, la Comunicación A 7030 se señala que las empresas con fondos declarados en el exterior deben disponer “primeramente de esos recursos para el pago de obligaciones comerciales con el exterior” previo a poder adquirir divisas en el Mercado Único y Libre de Cambios (MULC).

Posteriormente, el BCRA flexibilizó el acceso a la importación de bienes que tienen la posibilidad de hacer incrementar la capacidad productiva de los exportadores, permitiendo usar la totalidad de los ingresos de anticipos y prefinanciaciones del exterior con un plazo mínimo de 180 días corridos, cuando el destino sea la realización de pagos anticipados de bienes de capital.

En tanto, la medida impacta en el pago de importaciones de bienes o servicios prestados por no residentes, así como de intereses de deuda relativos a dichas importaciones. También en pagos de utilidades y dividendos, pagos de capital e intereses de endeudamientos financieros con el exterior, o pagos de deudas en moneda extranjera entre residentes, entre otros conceptos.

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