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La Sala I de la Cámara Civil y Comercial ordenó en un fallo mantener la suspensión del desalojo respecto de un inmueble en el barrio popular San Pantaleón desconociendo parecería que desconociera el Código Penal que establece, en el artículo 181, que será reprimido con una pena de prisión de seis meses a tres años quien “despojare a otro” de la posesión o tenencia de un inmueble cuando ese despojo sea “por violencia, amenazas, engaños, abusos de confianza o clandestinidad”.
FUENTE ELE HERALDO
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