PROVINCIALES

AZCUÉ ECHÓ A EXFUNCIONARIOS DE CRESTO

El intendente de Concordia desvinculó a cuatro empleados de la administración anterior. Habían pasado a planta permanente en el último año. El detalle de la decisión.

El intendente de Concordia, Francisco Azcué, anuló el pase a planta permanente de cuatro exfuncionarios de Enrique Cresto, su antecesor en el ejecutivo local. Habían sido ratificados en planta permanente durante 2023. “Se ha detectado la existencia de vicios flagrantes”, sostiene en los considerandos la decisión de Azcué.

La gestión del Intendente de Concordia Francisco Azcué parece haber intensificado los cuestionamientos a decisiones adoptadas por su predecesor, Enrique Tomás Cresto, en un clima político de mayores rispideces entre oficialismo y oposición. En los considerandos hay duros cuestionamientos hacia esos cuatro pases a planta dispuestos por el exintendente Cresto, con quien Azcué mostró buena sintonía durante la transición de gobierno.

A las presentaciones en tribunales, mediante las cuales se ha solicitado al Ministerio Público Fiscal que investigue presuntos delitos, se sumó el decreto 213, que si bien está fechado el 14 de febrero, su publicación en el Boletín Oficial fue postergada hasta el miércoles último.

El reproche incluye que los exfuncionarios hayan sido convertidos en empleados de planta sin “jamás” haber atravesado un concurso y “mucho menos se capacitaron acorde a la normativa de aplicación”
Mediante ese instrumento legal, firmado por el presidente municipal, el jefe de gabinete y la mayoría de los secretarios, Azcué desvinculó del municipio a cuatro empleados, todos ellos exfuncionarios, a quienes la anterior gestión los había pasado a “planta permanente” en el año 2023.

En el artículo 2 del decreto, la norma dispone “dejar sin efecto alguno las designaciones en planta permanente Municipal de los Sres. Benítez Tadeo Jesús, Legajo 3611, D”Antonio Claudio, Legajo 9491, Olivares Matías Nicolás, Legajo 3959 y Scevola Carlos Sebastián, Legajo 3919”.

“El acto de designación de los funcionarios oportunamente citados y cuyo análisis se efectúa – explica en los considerandos- padece de ilegitimidad sustancial, en cuanto disconformidad del acto con la ley, al haber sido designados los agentes vulnerando expresas prohibiciones de la Ordenanza N° 36.878, N° 32.637 y las normativas de la Ordenanza N° 11.275 y la Ley Provincial N° 9755, con claro sustento constitucional”.

Y agrega: “Se ha detectado la existencia de vicios flagrantes, por violación de las formas sustanciales, afectación del derecho de igualdad de los ciudadanos para el ingreso a la administración pública sin evaluación igualitaria de la idoneidad, vicio en el objeto por apartamiento de las normas aplicables, vicio en la causa y en la finalidad perseguida, vicio de legalidad presupuestaria por no estar previstos presupuestariamente los cargos mencionados, vicio en la motivación de su decisión”.

Azcué, además, reprocha a su predecesor que esos cuatro exfuncionarios hayan sido convertidos en empleados de planta sin “jamás” haber atravesado un concurso y “mucho menos se capacitaron acorde a la normativa de aplicación”.

También cuestiona otro incumplimiento, centrado en la ordenanza 32637, que expresamente inhabilita a “los funcionarios políticos por el transcurso de un (1) año inmediato siguiente al cese de la gestión municipal en la que hubieren ejercido el cargo, para el ingreso como agente de planta permanente o equivalente en el ámbito de la Municipalidad de Concordia, quedando excluido el personal de carrera que hubiese cumplido ocasionalmente la función política reteniendo aquél”.

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