PROVINCIALES

PROMULGARON LA LEY QUE CREA UN NUEVO JUZGADO DE EJECUCIÓN DE PENAS EN LA PROVINCIA

El Poder Ejecutivo entrerriano promulgó con el número 10.866 la ley de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad en la provincia, por el cual se creará un nuevo Juzgado con asiento en Concordia. Actualmente hay dos, con asiento en Paraná y otro en Gualeguaychú. La norma había sido sancionada el 22 de diciembre por el Senado y fue publicada este lunes en el Boletín Oficial, supo ANÁLISIS.

Durante la sesión, el titular de la Comisión de Seguridad, senador Jorge Maradey (Frente Creer-Gualeguaychú) explicó los fundamentos de la iniciativa, de autoría del diputado Ángel Giano y la diputada Carina Ramos. Y destacó, entre los objetivos de la iniciativa, la necesidad de “reordenar las competencias y darle mejor tratamiento a las causas”, así como también mencionó la posibilidad de “incluir la oralidad, tanto presencial como virtual, en el proceso de ejecución” lo que permitirá “garantizar la celeridad, inmediatez y transparencia”, subrayó.

El artículo 1° de la norma define: “La ejecución de la pena privativa de libertad tiene por objeto que el/la condenado/a adquiera la capacidad de comprender y respetar la ley para orientar su vida futura en la responsabilidad, procurando su reinserción social, promoviendo la comprensión y apoyo de la sociedad a fin de evitar la reincidencia”.

Además, el artículo 7° señala que la provincia contará con tres Juzgados de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad, con sedes en las ciudades de Paraná, Gualeguaychú y Concordia.

Sobre la competencia territoral, el artículo 8° expresa:

“a) El/la Juez/a de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad con asiento en la ciudad de Paraná tendrá competencia territorial en los Departamentos Paraná, La Paz, Diamante, Villaguay, Feliciano y Tala;

b) El/la Juez/a de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad con asiento en la ciudad de Gualeguaychú tendrá competencia territorial en los Departamentos Gualeguaychú, Gualeguay, Victoria, Islas del Ibicuy y Nogoyá;

c) El/la Juez/a de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad con asiento en la ciudad de Concordia tendrá competencia territorial en los Departamentos Concordia, San Salvador, Colón, Federal, Federación y Concepción del Uruguay”.

A continuación, detalla las competencias de los jueces.

El artículo 19° faculta “al Superior Tribunal de Justicia, al Procurador General de la Provincia y al Defensor General de la Provincia, a adoptar todas las medidas necesarias y conducentes para ajustar el funcionamiento de sus áreas a la implementación de la presente Ley, lo que incluye propuestas de reubicación o reasignación del personal y sus tareas, preservando la jerarquía y los haberes”. En tanto, el 20° faculta al Poder Ejecutivo “a realizar las modificaciones Presupuestarias necesarias para la inmediata implementación y puesta en funcionamiento” de la ley.

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