LAS BOLETAS DE LUZ, AGUA Y GAS PUEDEN VENIR CON HASTA 12 IMPUESTOS
En medio del descongelamiento de las tarifas de servicios públicos que está llevando adelante el Gobierno, un análisis del Instituto Argentino de Análisis Fiscal identificó la cantidad de impuestos indirectos vigentes y la carga tributaria indirecta que recae sobre el consumo de electricidad, agua y gas residencial, encareciéndolo.
Del análisis surge que en el consumo de estos tres servicios pueden pagarse hasta 12 distintos tributos por mes teniendo en cuenta que, en la Argentina, los servicios públicos están sujetos a la imposición de tributos en tres niveles de gobierno: nacional, provincial y municipal.
En este esquema por ejemplo, si alguien vive en la Ciudad de Buenos Aires solamente tributa a dos niveles de Gobierno y si vive en cualquier ciudad del interior tributa a tres niveles.
Para llevar a cabo esta investigación se utilizaron facturas disponibles en la Capital Federal y en ciudades del interior. En el caso de estas últimas, se seleccionó una factura modelo. Además, “los tributos identificados pertenecen al reciente relevamiento efectuado en el Vademécum tributario 2023”, explicó el IARAF.
En el caso de la energía eléctrica residencial, en el interior del país se consideraron tres tributos específicos: uno provincial y dos municipales, de los cuales uno es la tasa de alumbrado público. En CABA, en cambio, se utilizó un tributo municipal específico.
En el caso del agua, en el interior del país se consideran dos tributos indirectos específicos, uno provincial y otro municipal. Particularmente, para CABA se utilizan dos tributos específicos, quie se pagan no solo en Capital Federal, sino también en el área metropolitana. Un aspecto destacable es que las provincias del interior no gravan con Ingresos brutos (IIBB) la distribución de agua, por lo que no fue tenido en cuenta en el análisis del interior.
En el caso del gas, a nivel nacional se consideró un tributo específico. En el interior, aparte del nacional, se consideran dos más, uno provincial y otro municipal. Y, en CABA se consideró uno municipal.
Al analizar el peso relativo de cada componente impositivo sobre el valor final, de los tres servicios, el estudio resaltó que:
En el caso del gas, del 100% del valor total de la factura de los usuarios de la Ciudad de Buenos Aires , la carga tributaria indirecta es de 24%, mientras que, para el interior del país, los tributos indirectos representan el 32% del valor final.
En las facturas del agua, del monto total que los usuarios porteños reciben en sus domicilios, la carga tributaria indirecta es de 22%, mientras que, para el interior del país, los tributos indirectos representan el 29% del valor final. El restante 78% y 71%, respectivamente, es explicado por el valor neto de la factura.
Al considerar el caso de las boletas del gas, según el informe del IARAF, del 100% del valor total de la factura, en el caso de la Ciudad de Buenos Aires, la carga tributaria indirecta es de 23%, mientras que, para el interior del país, los tributos indirectos representan el 26% del valor final. El restante 77% y 74%, respectivamente, es explicado por el valor neto de la factura.