CONDONACIÓN DE DEUDAS CON AFIP Y SEGURIDAD SOCIAL
El proyecto de ley, presentado por Sergio Massa, tiene como objetivo el fortalecimiento de la reactivación económica y dar una señal clara para la salida de la Pandemia.
El presidente de la Cámara de Diputados, Sergio Massa, presentó un proyecto ley para condonar las deudas tributarias, aduaneras y de la seguridad social vencidas hasta el 31 de agosto de 2021 correspondientes a las entidades sin fines de lucro –incluídos los bomberos voluntarios, clubes de barrios, fundaciones y organizaciones comunitarias–. La condonación también alcanza a micro, pequeñas y medianas empresas y a pequeños contribuyentes personales , cuyas deudas líquidas y exigibles, al 31 de agosto de 2021 no superen los $ 100.000, consideradas en su totalidad.
En los fundamentos del proyecto de ley, se expresa que el mismo “tiene como objetivo el fortalecimiento de la reactivación económica y dar una señal clara para la salida de la Pandemia”, otorgándole un alivio a sectores que siguen afectados por las consecuencias de la crisis sanitaria y difícilmente puedan estar en condiciones de cumplir con esas obligaciones.
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El mensaje que acompaña el proyecto señala hay 900 mil contribuyentes “coin deuda líquida y exigible con Afip; es decir, en condiciones de ser ejecutada, y entre ellos, 600 mil tienen obligaciones inferiores a 100 mil pesos, acumulando una deuda total de 13.000 millones de pesos”. Allegados a Sergio Massa señalaron que “el costo fiscal de condonar esa deuda es meramente teórico, ya que nunca se ejecuta operativamente la deuda de un cuartel de bomberos o una fundación”. Renunciando a ese crédito, sugieren, “se deja en cero la deuda líquida y exigible de 600 mil contribuyentes (un promedio de $ 21 mil por cada uno), a través de una medida extraordinaria para una situación extraordinaria”.
La condonación que establece el proyecto alcanza al capital adeudado, intereses resarcitorios y/o punitorios y/o multas y demás sanciones pero no comprende los aportes y contribuciones destinados al Régimen Nacional de Obras Sociales, ni las cuotas destinadas a las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART), como tampoco las retenciones y percepciones impositivas por cualquier concepto, practicadas y no ingresadas.
El beneficio de la condonación propuesto no incluye a los monotributistas, “ya beneficiados en la anterior ley para el sector”, aunque contempla una ampliación de la Moratoria de regularización de obligaciones tributarias, de la seguridad social y aduaneras aprobada por la ley 27.541, (ley de solidaridad social en el marco de la emergencia pública) prorrogando su vigencia. Esta extensión del régimen de moratoria permitirá que cualquier contribuyente pueda acogerse a la misma por las obligaciones vencidas desde el 1 de agosto de 2020 al 31 de agosto de 2021.
El dolcumento recuerda que “las pymes explican más del 69% de toda la deuda regularizada durante las dos etapas de la Moratoria 2020. La ampliación de la moratoria no sólo extendió el universo de contribuyentes beneficiados, sino que también contempló la posibilidad de regularizar deudas con la AFIP generadas durante la pandemia del Covid-19”.
“En la actualidad, la deuda corriente post pandemia asciende a cerca de $290 mil millones, concentrada en mipymes. Este importe equivale al 36% de la recaudación mensual promedio (hoy en $ 825.000 millones). Cuando se sancionó la moratoria de diciembre de 2019, ese índice era muy similar (40,5%). En ese contexto, la propuesta es ampliar la anterior ley, para marcar un sendero de salida de la pandemia”, apunta también el mensaje que acompaña al proyecto.