ECONOMÍA

TARIFA SOCIAL DEL GAS: CÓMO TRAMITARLA Y QUIENES PUEDEN ACCEDER

Enargas y la Secretaria de Energia eliminaran los criterios de exclusión vigentes y una mayor cantidad de usuarios podrán disponer de este beneficio.
El Ente Nacional Regulador del Gas (Enargas) y la Secretaría de Energía eliminaron los criterios de exclusión de la Tarifa Social del Gas establecidos por la administración del ex presidente Mauricio Macri, que dejaron 61.000 usuarios fuera del beneficio entre julio de 2019 y marzo de 2020.
De esta forma lo indicó el Enargas en un comunicado, en el que informó que el 30 de julio último solicitó a Energía readecuar los criterios de inclusión y exclusión vigentes en la Tarifa Social.
El secretario de Energía, Darío Martínez, solicitó a su vez a la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) que proceda a dejar sin efecto las limitaciones impuestas desde noviembre de 2020, respetando únicamente los criterios de elegibilidad y exclusión válidamente establecidos en la normativa vigente sobre Tarifa Social.
CÓMO TRAMITARLA
En concordancia con la sugerencia efectuada por el Enargas, se recomendó difundir un “Modelo de Gestión Unificada Ventanilla Única Social”, como vía exclusiva para tramitar el beneficio de Tarifa Social.
Los beneficiarios excluidos de la Tarifa Social deberán solicitar nuevamente el beneficio a través de la Ventanilla Única de la ANSES.
Aquella decisión administrativa del ex ministro de Energía, Gustavo Lopetegui, de incorporar criterios de exclusión adicionales a los establecidos, buscaba que sean aplicados en el cruce de la información que la Anses debe realizar.
Así se debían incorporar la verificación de la titularidad de otro medidor en las relaciones familiares declaradas ante ese organismo, y el proceso de control de derecho mensual.
La verificación de la titularidad de otro medidor en las relaciones familiares declaradas ante Anses, significaba que, si un integrante de la familia era informado por la licenciataria de distribución como titular de otro suministro, constituía una causal de exclusión del beneficio.
Ante esta situación, el Enargas solicitó la eliminación del criterio de exclusión por multimedidor, por no encontrarse dentro de la normativa mencionada anteriormente.
Por su parte, el proceso de control de derecho mensual requería que la Anses verificara todos los meses que él o la titular del servicio incorporado al Registro de Beneficiarios, no incurriera en un criterio de exclusión, motivo por el cual, la cantidad de beneficiarios decrecía mes a mes.
Por ejemplo, en el caso de cobro de un bono, un adicional por presentismo u horas extra, se producía a la exclusión del beneficio y, en consecuencia, el usuario debía tramitar el ingreso nuevamente.
A propósito de esto, el Enargas solicitó la vigencia del beneficio por un año, sin someter al beneficiario a controles mensuales.
A QUIENES ALCANZA
Deberán tramitarla los titulares del servicio de gas natural que sean jubilados y pensionados, trabajadores en relación de dependencia, monotributistas, personas que cobren programas sociales, empleados del servicio doméstico, quienes cobran la prestación por desempleo y titulares del servicio que cuenten con el Certificado Único de Discapacidad (CUD), entre otros.
El ingreso del titular del servicio de gas no debe superar dos salarios mínimos, vitales y móviles (unos $37.800, se consideran los ingresos brutos sin descuentos).
Este requisito no aplica para las personas que tengan emitido un certificado de discapacidad. Tampoco debe tener un vehículo con menos de 10 años de antigüedad ni poseer más de un inmueble, aeronaves ni embarcaciones de lujo.

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