PROCESARON A UN HOMBRE POR PUBLICAR MENSAJES DE ODIO A LA COMUNIDAD JUDÍA EN FACEBOOK
La decisión fue ratificada por la Sala de Feria de la Cámara Federal. El delito tiene penas de hasta tres años de prisión.
La Cámara del Crimen confirmó parcialmente el procesamiento y la prisión preventiva contra un hombre que publicó en sus redes sociales mensajes de odio contra la comunidad judía.
La Sala de Feria del tribunal ratificó el procesamiento contra Cristian Adrián Díaz, de 47 años de edad, quien fue denunciado por el jefe de Seguridad de la embajada de Israel a raíz de un posteo en la red social Facebook previo al evento “Buenos Aires celebra Israel”, que se llevó a cabo el pasado 14 de mayo.
Díaz publicó: “Che no sea cosa que lo que pasó en Túnez pase en otros lugares del mundo, yo no es que quiera dar ideas, acaban de asesinar niños y mujeres en Gaza. A lo mejor deberían suspender”.
Díaz había sido procesado por el juez Ariel Lijo por instigación a cometer delitos y propalar ideas de odio racial, pero los camaristas Leopoldo Bruglia y Roberto Boico sólo dejaron en pie esta última imputación.
“No surge de ese señalamiento que Díaz haya actuado con voluntad de generar temor, alarmar o amenazar a un grupo de personas indeterminadas, ni provocar con ello tumultos o desordenes respecto de la celebración que estaba prevista para días después”, sostiene el fallo.
“Antes bien, fue la propia profundización de la pesquisa la que permitió conocer que esa publicación formaba parte de otras que, de similar tenor y distintos niveles de intolerancia, exponen cuál es el posicionamiento ideológico concreto de Díaz frente al conflicto existente entre la comunidad israelí y la palestina, expresando no sólo su apoyo a la lucha que lleva adelante esta última sino también, y sin dudas de una manera francamente hostil, su cuestionamiento a las acciones de Israel”, añadió el documento.
Los camaristas destacaron que “el tenor de las afirmaciones efectuadas por Díaz, los momentos elegidos para hacerlas y el medio utilizado para transmitirlas -una red social abierta ubican su proceder por fuera del ejercicio del derecho constitucional que ampara la libertad de expresión”.
El artículo 3° de la ley 23.592 establece que “serán reprimidos con prisión de un mes a tres años los que participaren en una organización o realizaren propaganda basados en ideas o teorías de superioridad de una raza o de un grupo de personas de determinada religión, origen étnico o color, que tengan por objeto la justificación o promoción de la discriminación racial o religiosa en cualquier forma”.
Los abogados de Díaz, María del Rosario Fernández y Eduardo Soares, habían sostenido que “se está cuestionando a su asistido por sostener ideas diversas o políticamente incorrectas” pero “no existe norma válida que prohíba a una persona tener sentimientos de odio, en la medida que esos sentimientos e ideas no afecten derechos de terceros”.
En el allanamiento a la vivienda de Díaz, en la localidad bonaerense de Florencio Varela, fueron hallados “17 comprobantes de transferencias de dinero a ciudadanos de nacionalidad palestina; un formulario de solicitud para la nacionalidad palestina del 29 de noviembre de 2021; un cuadro con la inscripción ‘Palestina Libre’ en idioma árabe; un banderín del Estado de Palestina; una bandera del Estado de Palestina con la inscripción ‘Intifada’; dos cuadernos con anotaciones en idioma árabe y un libro titulado ‘Aprendo Árabe a través del Español’”.
El tribunal mantuvo la prisión preventiva hasta tanto concluya un peritaje sobre un teléfono celular que también le fue secuestrado.
Los camaristas dispusieron “mantener la restricción de su libertad por presentarse como la única viable para garantizar que no habrá de realizar actos que pudieran obstaculizar la investigación en curso”.