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EL MINISTERIO DE SALUD PROHIBIÓ LA VENTA DE LOS NUEVOS CIGARRILLOS ELECTRÓNICOS

El ministerio de Salud de la Nación prohibió este lunes la venta en todo el país de los denominados “cigarrillos electrónicos”. Lo hizo por medio de la Resolución 565/2023 publicada hoy en el Boletín Oficial con la firma de la ministra de Salud, Carla Vizzotti

Allí se dispone la prohibición de “la importación, distribución, comercialización, la publicidad y cualquier modalidad de promoción y patrocinio en todo el territorio argentino de los sistemas o dispositivos electrónicos destinados a inhalar vapores o aerosoles de tabaco, denominados habitualmente como ‘Productos de Tabaco Calentado'”.

La prohibición se extiende además a todo tipo de accesorio destinado al funcionamiento de dichos sistemas o dispositivos, como asimismo a cartuchos y barras de tabaco para ser calentadas en esos sistemas.

Entre los considerandos de la medida la cartera de Salud advirtió que “el impacto del consumo de tabaco en la República Argentina fue estimado en 45.000 muertes (14% de todas las muertes), 19.000 diagnósticos de cáncer, 33.000 neumonías, 11.000 accidentes cerebrovasculares y 61.000 hospitalizados por enfermedad cardiovascular, y más de 100.000 personas que cada año enferman de EPOC”.

Al tiempo que puntualiza que el tabaco generó, en 2020 por ejemplo, un costo médico directo anual de más de 196 mil millones de pesos argentinos, un costo de productividad laboral perdida superior a los 91 mil millones de pesos, y costos de cuidado informal de más de 75 mil millones de pesos.

Es decir que en 2020 el costo del tabaquismo fue equivalente a más del 1,2% del Producto Bruto Interno (PBI) del país. Y advierte que el tabaquismo es, asimismo, causa de pérdida de productividad por enfermedad, discapacidad y muerte prematura.

Y señala que “en un contexto de retracción del consumo de productos de tabaco en muchos países del mundo, las compañías tabacaleras y otras empresas han introducido en el mercado nuevos productos alternativos, como los dispositivos electrónicos para fumar o inhalar aerosoles con o sin nicotina, que son los llamados cigarrillos electrónicos (CE) y más recientemente los productos de tabaco calentado (PTCs)”.

Detalla que estos “productos de tabaco calentado” consisten en una barra de tabaco (HeatStick) y un dispositivo de calentamiento de tabaco alimentado por batería y que “se promueven para ser utilizados en reemplazo de los cigarrillos convencionales, especialmente en los lugares donde se prohíbe fumar, aduciendo que están desprovistos de los efectos deletéreos de los productos de la combustión del tabaco”.

La Administración Nacional de Medicamentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió en 2011 la importación, distribución, comercialización y la publicidad o cualquier modalidad de promoción en todo el territorio nacional del sistema electrónico de administración de nicotina denominado “Cigarrillo Electrónico”. Por eso ahora el ministerio de Salud hizo extensiva esta prohibición a los productos de tabaco calentado.

Y advierte que “de acuerdo a investigaciones independientes, los Productos de Tabaco Calentados producen aerosoles con nicotina y otras sustancias químicas como el acetaldehído, la acroleína y el formaldehido, las cuales son dañinas y potencialmente dañinas para la salud”.

“La evidencia sostiene que los productos novedosos como los PTCs y similares son especialmente atractivos para niños, niñas y adolescentes, y su introducción en el mercado tiene el potencial de conducir a la iniciación tabáquica en jóvenes y adultos no fumadores”.

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