PROVINCIALES

EL PRO NO QUIERE MÁS PENSIONES VITALICIAS PARA GOBERNADOR Y VICE

En medio de los planteos de austeridad y eliminación de privilegios, una diputada del PRO propone que en Entre Ríos queden sin efecto las pensiones vitalicias para quienes ocuparon el Ejecutivo provincial. Plantea convertirlas en un “complemento”, que sólo se pueda cobrar una vez que se obtenga la jubilación.

La autora del proyecto es la diputada Ayelén Acosta. Pretende tocar la ley 4.506, que otorga una pensión vitalicia a los ciudadanos que hayan ocupado los cargos de gobernador y vice gobernador y que hayan sido electos conforme las normas establecidas por la Constitución de la Provincia de Entre Ríos.

La legisladora del PRO considera que “una erogación de por vida por un cargo que fue ocupado por solo cuatro u ocho años, y que se comienza a percibir una vez cesado en el ejercicio de la función, es sin lugar a dudas un privilegio que no es sostenible en los tiempos que vivimos, donde la Caja de Jubilaciones, según expresiones de sus autoridades actuales, padece un déficit complejo”.

También objeta las “deficiencias y lo desactualizado” de una ley que data de 1965, como la 4.506, que no establece más requisitos que el haber ejercido los cargos mencionados. “No requiere una edad mínima, un cómputo de años de aportes, años de antigüedad”, y además “con la posibilidad de ser reelectos, nada impide que alguien pida dos pensiones vitalicias o, como ocurre, ex funcionarios que son jóvenes aún para jubilarse y a su vez perciben otras remuneraciones por ocupar cargos electivos”.

“Todo ello también aporta al desfinanciamiento de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Entre Ríos”, acota Acosta.

“Complemento”

La propuesta de la legisladora de Cambiemos sustituye esa pensión vitalicia por un complemento para que el haber jubilatorio de los ex funcionarios no sea menor al 75% del sueldo del Gobernador o Vice Gobernador.

Se establece como requisito el poseer una jubilación o pensión, según el caso, otorgada por algún ente previsional Nacional, Provincial o Municipal. De ese modo, recién se cobraría una vez que el ex funcionario ya esté jubilado.

El proyecto establece el derecho de pensión a sucesores del beneficiado. Y fija las incompatibilidades para la percepción del complemento: no lo podrán cobrar, aunque se encuentren jubilados, si perciben cualquier otra retribución proveniente de algún organismo o poder del estado nacional, provincial y municipal.

“La consolidación del sistema republicano, de la democracia como mecanismo de elección de autoridades, requiere la desaparición de los privilegios, requiere que la igualdad frente a la ley sea concreta y definida, sin zonas grises”, plantea Acosta.

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